Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección
de la ley, ya que todos tienen el mismo derecho a igual protección
contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda
provocación a tal discriminación a todas las personas sin distinción alguna o
por igual.
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martes, 14 de febrero de 2017
DERECHO Nº 2: No discrimines
Es un derecho muy
importante, no debemos discriminar a otra persona solo porque sean diferentes a
nosotros. Al fin y al cabo todos somos personas que sentimos alegría cuando
cumplimos nuestros propósitos y tristeza cuando no los conseguimos, es decir
todos experimentamos los mismos sentimientos alguna vez en nuestra vida.
DERECHO N#3: "DERECHO A LA VIDA"
DERECHO N° 3:
"Todo individuo tiene derecho a la vida"
DERECHO 4" NADIE SERA SOMETIDO A ESCLAVITUD O SERVIDUMBRE"
Todas
las personas tenemos derecho a ser libres a saber escoger nuestros trabajos,
nuestras actividades a realizar siempre y cuando estén bajo las normas
definidas por el estado, nosotros conocemos los derechos y sabemos que no
podemos ni debemos ser esclavos de nadie peor aún esclavizar a un ser humano.
DERECHO N°5: NADIE SERA SOMETIDO A TORTURA
Las torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes no serán sufridas por nadie.
Existe muchos casos de maltratos físicos como: maltrato intrafamiliar,
maltrato a la niñez, maltrato al reo; según este artículo está prohibido estos
tipos de maltratos por ejemplo en ciertos hogares el hombre golpeaba brutalmente
a la mujer y no habían leyes que la defienda, los niños eran sometidos y azotados.
DERECHO N° 6: TODO SER HUMANO TIENE DERECHO A UNA PERSONALIDAD JURÍDICA
Todo humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica en cualquier lugar.
Este
derecho nos habla, si nos encontramos ante algún problema legal, tenemos la
libertad de conseguir un profesional que tenga bastantes conocimientos acerca
de acciones legales, para que nos pueda defender ante un caso o un problema
legal del cual nos estén acusando, nadie nos puede imponer a dicha persona.
lunes, 13 de febrero de 2017
DERECHO N° 8: IGUALDAD ANTE LA LEY Y ACCESO A LA JUSTICIA.
Este derecho pretende dar cobertura legal a todas aquellas personas que
vean violados todos sus derechos fundamentales, es decir que todo aquel que
puede de una u otra forma ser afectado, dañado así su integridad, o
doblegado sus derechos humanos, esta tiene la obligación pues de ser protegido
por las autoridades correspondientes.
ARTÍCULO N° 9 NADIE SERÁ DETENIDO
ARBITRARIAMENTE NI DESTERRADO
1. Nadie será detenido, preso ni desterrado
arbitrariamente
Ningún
ciudadano puede ser apresado sin pruebas que corroboren que efectivamente está implicado en el delito, ni puede ser apresado
con fines comunes, por último nade podrá ser desterrado o expatriado de su país
de origen o de otra nación respectivamente, salvo al caso que tenga problemas
con la justicia.
DERECHO N° 10: "DERECHO A UN JUICIO JUSTO"
(1) Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
(2) Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
El estado en el que nos encontremos nos debe dar todas las
seguridades y garantías de que nuestros derechos van a ser respetados dentro de
los tribunales y en el caso de encontrarnos en una situación adversa, siendo
culpados de algo, debemos tener un juicio con un tribunal totalmente imparcial.
DERECHO Nº 11
1. Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se la suponga inocente mientras no se demuestre su culpabilidad conforme a la ley y con un juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional e internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho nacional e internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Este es un derecho en el cual toda persona sin importar de
donde venga debe ser considerado inocente. Incluso si una persona es gravada
agrediendo a otro individuo, este debe seguir siendo considerado inocente, ya
que podría haber sido gravado justo cuando trataba de defenderse de un problema
o inconveniente.
DERECHO 12. DERECHO A LA INTIMIDAD
DERECHO A LA INTIMIDAD
El derecho a la intimidad es el respeto que se debe tener a las demás personas por tener una ideología diferente a las demás, sin levantar prejuicios sociales por ser diferentes, este tipos de relación se ha tomado en
cuenta e incluso en unos países se las respeta y respaldan.
DERECHO Nº 13: LIBERTAD DE MOVIMIENTO
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Cada ciudadano es libre de andar o recorrer cualquier país, sin ningún impedimento, todos somos libres de transitar por nuestro país, además tenemos el derecho de elegir nuestra residencia sea propio del país o cualquier otro, también dicha persona deberá respetar las leyes que estén implementadas para conllevar un orden.
DERECHO 14" DERECHO AL ASILO"
Toda
persona tiene derecho a buscar, recibir y disfrutar asilo, en
cualquier país, en territorio extranjero en caso de persecución por delitos
políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación
de cada Estado y los convenios internacionales. Porque tienen derecho a pedir
ayuda cuando requiera.
ARTÍCULO 15. DERECHO A LA NACIONALIDAD
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Cuando nacemos obtenemos una nacionalidad propia, esto juega un papel importante, ya que por el simple hecho de tener una nacionalidad distinta estando en otro país, no serás aceptado completamente.
Existe la posibilidad de obtener otras nacionalidades cumpliendo una serie de requisitos, y nada ni nadie pueden quitarte la nacionalidad.
DERECHO AL MATRIMONIO ART.16
DERECHO AL MATRIMONIO ART.16
las personas con la edad adecuada para tomar las decisiones pueden contraer matrimonio sin ningún impedimento y sin importar que sean de diferente raza, nacionalidad, religión o genero, tienen derecho a casarse y fundar una familia. la familia tiene derecho a la protección de la sociedad, del estado y que su decisión sea respetada ante los demás.
las personas con la edad adecuada para tomar las decisiones pueden contraer matrimonio sin ningún impedimento y sin importar que sean de diferente raza, nacionalidad, religión o genero, tienen derecho a casarse y fundar una familia. la familia tiene derecho a la protección de la sociedad, del estado y que su decisión sea respetada ante los demás.
Artículo N° 17 : DERECHO A LA PROPIEDAD
Todo individuo que tenga la capacidad y el poder económico, tiene el derecho de adquirir bienes. Estos se pueden obtener de manera personal o colectiva, y nadie podrá influir en esta acción. Al ser propietarios, la ley nos proporciona poder sobre el bien, con el fin de garantizar su protección.
DERECHO 18 "Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión"
Cuando hablamos de libertad de
pensamiento conciencia y religión implica recibir y transmitir ideas a
través de cualquier medio. Al hablar de libertad de religión nos
estamos refiriendo a uno de los derechos íntimos de la persona humana, que
consiste en que todos los individuos están inmunes de obligación cualquiera.
Derecho #19 LIBERTAD DE EXPRESION
Todos tenemos derecho a la libertad de opinión y de expresión. Tenemos derecho a no ser molestados a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin límite por cualquier medio de expresión.
DERECHO N# 20: DERECHO A LA LIBERTAD DE REUNIÓN
1 Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2 Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Todos tenemos derecho a pertenecer o ser parte de una organización siempre y cuando no inciten a la violencia, además nadie podrá ser obligado ni presionado para ser parte de estas organizaciones.
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